DecretoVigente
Decreto 868 de 1942
Por el cual se reducen transitoriamente unos gravámenes aduaneros
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Mientras Dure La Limitación De Exportaciones De Hojalata En Los Mercados Extranjeros, Redúcense Los Gravámenes Fijados En La Ley 229 De 1938 En La Forma Siguiente: Numeral 460-D2Las Mismas Tapas Denominadas Corona , Determinadas En El Numeral 460-D, Cuando Se Introduzcan Sin Discos De Corcho, Caucho, Aluminio, Cartón O Materias Ordinarias Semejantes, Se Aforarán Conforme Al Gravamen Señalado A Dicho Ordinal Por El Presente Decreto3En La Introducción De Las Denominadas Tapas Corona , De Que Trata El Presente Decreto, Se Tendrá En Cuenta La Prohibición Establecida En El Artículo 24 Del Decreto 1050 De 19324El Presente Decreto Y Las Rebajas Que En Él Se Hacen Rigen Desde Su Fecha
03