DecretoVigente
Decreto 2436 de 1972
Por el cual se crean nuevas oficinas seccionales de Registro en el Círculo de Cali, con jurisdicción en el Departamento del valle, y se modifica la circunscripción territorial de las ya creadas
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Dentro Del Círculo De Registro De Cali, Cuya Jurisdicción Comprende El Departamento Del Valle, Créanse Las Oficinas Seccionales Del Registro De Instrumentos Públicos Con La Circunscripción Territorial Y Las Cabeceras Que Se Señalan A Continuación: Cabecera2Modifícase La Circunscripción Territorial De La Oficina De Registro De Cali, La Cual Quedará Así: Cabecera3La Superintendencia De Notariado Y Registro Determinará La Fecha En Que Deben Comenzar A Operar Las Oficinas De Que Trata El Artículo 1°, De Conformidad Con Lo Establecido En Los Artículos 80 Y 94 Del Decreto-Ley 1250 De 1970, Y Entre Tanto, Las Oficinas De Registro Que Actualmente Operan En Los Municipios Que Son Cabecera De Circunscripción Territorial Seguirán Cumpliendo Sus Funciones4El Registrador De Instrumentos Públicos Del Círculo De Cali Hará La Designación De Registradores Seccionales Para El Resto Del Período Legal Que Comenzó El 1°5El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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