Micelio

decreto 148 de 1914

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Artículo 1

Autorízase a la Gobernación del Departamento de Santander para abrir el segundo curso en la Escuela Normal de Institutores de Bucaramanga y admitir a los alumnos que se sometan a un riguroso examen en las materias que constituyen el primer curso, y siempre que resultaren calificados con la nota de sobresalientes por el Profesorado de la Escuela. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública