Artículo 1Destínase La Cantidad De Ciento Veinte Mil Pesos ($ 120
º Destínase la cantidad de ciento veinte mil pesos ($ 120.000.00) moneda legal, como auxilio extraordinario a la Comisaría Especial de Arauca para la construcción de las obras que a continuación se enumeran: 1.º Para la construcción de la Casa Corregimental de Arauquita $ 50.000.00 2.º Materiales para la instalación de la planta eléctrica de Tame 15.000.00 3.º Materiales para la instalación de la planta eléctrica de Rondón 8.000.00 4.º Materiales para la instalación de la planta eléctrica de Arauquita 7.000.00 5.º Auxilio para los damnificados en el reciente asalto de Arauquita 20.000.00 6.º Auxilio para la creación y organización de la Cooperativa Agraria de Arauquita 20.000.00 Suman los auxilios $ 120.000.00
Artículo 2El Auxilio De Que Trata El Artículo Anterior Ingresará Al Presupuesto De La Comisaría Y Será Administrado De Acuerdo Con Las Normas Respectivas
º El auxilio de que trata el artículo anterior ingresará al presupuesto de la Comisaría y será administrado de acuerdo con las normas respectivas.
Artículo 3Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Se Abrirá El Crédito Administrativo Correspondiente Para El Cabal Cumplimiento De Este Decreto
º Por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público se abrirá el crédito administrativo correspondiente para el cabal cumplimiento de este Decreto.
Artículo 4Este Decreto Rige Desde Su Expedición
º Este Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y publíquese.