DecretoVigente
Decreto 1843 de 1984
Por el cual se reglamentan los artículos 4° y 5° de la Ley 9a de 1983 y se dictan otras disposiciones
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De Conformidad Con Lo Establecido En Los Artículos 4º Y 5º De La Ley 9º De 1983, El Porcentaje De Ajuste Para El Año 1984, Es Del 152Los Valores Absolutos Reajustados Conforme A La Norma Anterior Son Los Siguientes: I3El Grado De Consulta Procede En Relación Con Las Providencias Que Resuelvan Favorablemente El Recurso De Reconsideración Que Se Dicten A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Cuando La Cuantía Discutida Fuere O Excediere De $ 14Para El Año Gravable 1984 Los Porcentajes De Crecimiento Del Impuesto A Que Se Refieren Los Artículos 10 Y 14 Del Decreto 3410 De 1963 Serán 18% Y 21% Respectivamente5Los Valores De Ingresos Netos Provenientes De La Actividad Comercial Del Año 1984 Y Patrimonio Bruto Fiscal A 31 De Diciembre Del Mismo Año, Que Se Tendrán En Cuenta A Partir De 1985 Para Ubicarse Dentro Del Régimen Simplificado, Serán De $ 46El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición