DecretoVigente
Decreto 1174 de 1949
Por el cual se reglamenta el artículo 2° de la Ley 82 de 1946
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Juzgado Penal Del Circuito De Santa Rosa De Cabal, De Que Trata El Artículo 2º De La Ley 82 De 1940, Funcionará A Partir Del De Julio Del Corriente Año, Con El Personal Y Asignaciones Mensuales Que Se Expresan: Un Juez $ 4002El Circuito Penal De Santa Rosa De Cabal, Estará Constituido Por El Municipio De Santa Rosa De Cabal, Que Será Su Cabecera3En La Fecha Indicada En El Artículo 1º De Este Decreto, Los Jueces Penales Del Circuito De Manizales Deberán Remitir Al Juez Penal Del Circuito De Santa Rosa De Cabal Todos Los Negocios Que Se Relacionen Con El Nuevo Circuito4Por Los Departamentos De Presupuesto Y Contabilidad Y De Establecimientos Dé Detención, Pena Y Medidas De Seguridad Del Ministerio De Justicia, Se Tomarán Las Providencias Del Caso A Fin De Dar Cumplimiento A Este Decreto Y A Lo Exigido Por El Decreto-Ley 1405 De 19345Este Decreto Rige Desde El 19 De Julio De 1949
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