DecretoVigente
Decreto 1491 de 1998
por el cual se modifica el Decreto Reglamentario 2458 de 1997.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo 48 Del Decreto 2458 De 1997 Quedará Así: En Casos De Calamidad Pública, Emergencia Y En General En Aquellos Eventos Que Atenten Contra La Seguridad Ciudadana, Y La Tranquilidad Pública Tales Como El Secuestro, El Asalto A Instituciones Financieras Y El Robo De Vehículos, Los Concesionarios Que Utilicen Sistemas De Radiomensajes Deberán Colaborar Con Las Autoridades Civiles Y De Policía Así Como Con Los Organismos De Socorro Y Asistencia Pública, En La Transmisión De Las Comunicaciones Que Estas Requieran2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica El Artículo 48 Del Decreto 2458 De 1997 Y Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las establecidas, en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 72 de 1989 y el Decreto 1900 de 1990 y
- José Fernando Bautista QuinteroEl Ministro de Comunicaciones