DecretoVigencia En Estudio
Decreto 8 de 1958
por el cual se dictan disposiciones relacionadas con el Banco Popular.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Gobierno Nacional Garantiza Los Depósitos En Cuenta Corriente Y En La Sección De Ahorros Del Banco Popular2Autorizase Al Gobierno Y Al Banco De La República Para Efectuar Todas Las Operaciones De Crédito Destinadas A Suministrar Al Banco Popular Los Fondos Que Éste Pueda Necesitar Para Atender Al Pago Oportuno De Dichos Depósitos3Redúcense En Un Siete Por Ciento ( 7% ) Las Apropiaciones De Los Distintos Ministerios Y Departamentos Administrativos, Con Excepción Del Ministerio De Educación Nacional, Cuyo Monto Se Ajustará A La Norma Constitucional, Y La Suma Equivalente A Dicha Reducción Se Llevará A Un Capítulo Especial Del Presupuesto Destinado A Atender Los Compromisos Que Este Decreto Impone Al Estado Y Los Que Surjan De La Reorganización Del Crédito Popular Que Estudia El Gobierno4El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Por Conducto De La Superintendencia Bancaria, Procederá A Estudiar Las Reformas Legales Y Las Estatutarias Del Banco Popular, Que Se Consideren Convenientes Para La Eficaz Realización Del Crédito A Las Clases Menos Favorecidas5El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mayor General Gabriel ParisPresidente de la República · encargado
- Brigadier General Pioquinto RengifoEl Ministro de Gobierno
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José María ViliarrealEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Alfonso Sáiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejia SalazarEl Ministro de Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro del Trabajo
- Juan Pablo LlinásEl Ministro de Salud Pública
- Harold H. EderEl Ministro de Fomento
- Julio César Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Educación Nacional
- Mayor General Pedro A. MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Obras Públicas