DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2628 de 1951
Por el cual se adoptan las recomendaciones de la Misión Técnica Canadiense y se fija la fecha en que debe empezar la nueva cedulación
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adóptanse Ser Las Recomendaciones Contenidas En El Informe De La Misión Técnica Canadiense Presentando Al Gobierno Nacional El 24 De Abril De 1950, A Saber: 1ª2Señalase El Día 1º De Enero De 1952 Para Que La Misión Asuma La Dirección De Los Trabajadores De La Nueva Cedulación, De Conformidad Con El Citado Informe3El Gobierno, De Acuerdo Con La Misión, Suministrará El Edificio, El Personal Y Los Elementos Necesarios Para Que Ésta Cumpla Cabalmente Su Cometido4Este Decreto Rige Desde Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Roberto Urdaneta ArbeláezPresidente de la República
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Juan Uribe HolguínEl Ministro de Justicia, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores · encargado
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro Hacienda y Crédito Público
- José María BernalEl Ministro de Guerra
- Camilo Cabal CabalEl Ministro De Agricultura Y Ganadería
- Alfredo Araujo GrauEl Ministro del Trabajo
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Higiene
- Carlos VillavecesEl Ministro de Fomento
- Rafael Azula BarreraEl Ministro de Educación Nacional
- Carlos Etcheverry CortésEl Ministro Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas