DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1328 de 1952
Por el cual se decretan unas subvenciones y a la vez se distribuye una apropiación
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Del Saldo Por Distribuir En El Capítulo 117, Artículo 1680 Del Presupuesto Vigente, Auxiliase Las Siguientes Obras Con Las Sumas Que A Continuación Se Indican: Capítulo 117, Articulo 16802Los Anteriores Auxilios Serán Pagados Al Cura Párroco, Capellán, Tesorero O Síndico De Las Obras E Instituciones Nombradas, Quienes Otorgarán Fianzas En La Cuantía Que Fije La Contraloría General De La República, Y A Esta Entidad Rendirán Cuenta De Las Inversiones
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Roberto Urdaneta ArbelaezPresidente de la República
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Juan Uribe HolguínEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José Gabriel De La VegaEl Ministro de Justicia
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- José María BernalEl Ministro de Guerra
- Camilo J. CabalEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro del Trabajo
- Alejandro Jimenez ArangoEl Ministro de Higiene
- Carlos Villaveces REl Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Minas y Petróleos · encargado
- Rafael Azula BarreraEl Ministro de Educación Nacional
- Carlos Echeverry CortésEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas