Micelio
DecretoVigente

Decreto 1014 de 1950

Por el cual se señala el personal y asignaciones de las Administraciones y Recaudaciones de Hacienda Nacional en todo el país, se crean unos cargos en la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, se suprimen otros y se reajustas unos sueldos

11artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1A Partir Del Primero De Abril De 1950, El Personal Y Asignaciones De Las Administraciones Y Recaudaciones De Hacienda Nacional Serán Los Siguientes: Antioquia Administración De Hacienda Nacional Despacho Del Administrador 1 Administrador $ 7002El Personal De La Sección, De Información Y Censo De Contribuyentes De La Administración De Hacienda Nacional De Cundinamarca, Continuará Con Las Mismas Asignaciones Que Tiene En La Actualidad3Créanse Los Siguientes Cargos En El Ramo De Hacienda Nacional, Con Las Asignaciones Mensuales Que En Seguida Se Expresan: 1 Director General De Archivos, Dependiente De La Jefatura De Rentas Nacionales, Con $ 5004El Sueldo Mensual De Los Empleados De La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales Que Se Nombran A Continuación, Será El Siguiente: Secretario Privado Del Jefe De Rentas Nacionales $ 3505Suprímese Un Cargo De Inspector General De Rentas Nacionales, De Los Cuatro Que Funcionan En La Dependencia De La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales6Créase El Cargo De Oficial Mayor Al Servicio Del Despacho Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Con Sueldo Mensual De $ 2807El Sueldo Mensual Del Director De Personal Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Será De $ 6008El Departamento De Presupuesto Y Contabilidad Hará Las Imputaciones Y Traslados Que Requiera El Cumplimiento De Este Decreto9Las Funciones De Los Empleados Que Se Crean Por El Presente Decreto Serán, Señaladas Por Medio De Resolución Que10Los Empleados Que Hayan Cambiado De Denominación, Pero Que Continúan Con Las Mismas O Similares Funciones, No Necesitan De Nombramiento Ni De Nueva Posesión11Este Decrto Rige A Partir Del Primero De Abril De 1950
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Firmas