DecretoVigente
Decreto 853 de 1998
por el cual se declara la celebración del Día Nacional del Patrimonio Cultural, en todo el territorio colombiano y se dictan otras disposiciones.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Declarar El Segundo Domingo Del Mes De Septiembre De Cada Año, Como El Día Nacional Del Patrimonio Cultural, El Cual Se Celebrará En Todo El Territorio Colombiano2Facultar A La Dirección De Patrimonio Del Ministerio De Cultura, Para Implementar Los Mecanismos Y Procedimientos Y Coordinar Con Las Autoridades Departamentales, Distritales, Municipales Y Los Territorios Indígenas, La Celebración De Que Trata El Artículo Anterior3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 8°, 70, 71 y 72 de la Constitución Política y el artículo 5° de la Ley 397 de 1997, y
- Ramiro Eduardo Osorio FonsecaEl Ministro de Cultura