Impedimentos y ausencias de Jaime Córdoba Triviño
Providencias en las que Jaime no participó en la decisión — por impedimento aceptado o ausencia. 109 en total.
Recurso De Reposicion Contra El Auto 090 De 2006 Que Decidio La Recusacion Formulada Por La Ciudadana Cristina Amparo Cardenas De Bohorquez Contra El Magistrado Jaime Araujo Renteria. La Iudadana Cristina Amparo Cardenas De Bohorquez Carece De Legitimacion Para Formular Recusacion Contra Magistrados De La Corte Por No Ser Demandante En El Proceso Ni Ocupar El Cargo De Procurador General De La Nacion. No Reponer El Auto
Ley 599 De 2000 Articulos 122, 123 (Parcial), 124 Y 32 Numeral 7. Se Expide El Codigo Penal. Recusacion Formulada Por El Ciudadano Sigifredo Corredor Rodriguez Contra El Magistrado Doctor Jaime Araujo Renteria. Rechazada Por Falta De Legitimacion
Ley 599 De 2000 Articulos 122, 123 (Parcial), 124 Y 32 Numeral 7. Se Expide El Codigo Penal. Recusacion Formulada Por La Ciudadana Cristina Amparo Cardenas De Bohorquez Contra El Magistrado Doctor Jaime Araujo Renteria. Rechazada Por Falta De Legitimacion
Solicitud De Aclaracion De La Sentencia C-1300 De 2005 Del Señalamiento De Quienes Actuaban En Representacion Del Consejo Nacional De Laicos De Colombia. Rechazada Por Extemporanea La Solicitud
Recusacion Formulada Por La Ciudadana Brenda Rocha Contra El Magistrado Jaime Araujo Renteria. Rechaza Por Falta De Legitimación La Recusacion Contra El Magistrado Jaime Araujo Renteria
Impedimento Del Procurador Para Emitir Concepto En El Proceso De La Referencia (Demanda De Inconstitucionalidad Contra El Articulo 337 (Parcial) De La Ley 600 De 2000 Y El Articulo 394 (Parcial) De La Ley 906 De 2004). Aceptado
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-642/05. Tres Motivos Formula El Peticionario Para Solicitar La Nulidad De La Sentencia, A Saber: La Modificación De La Jurisprudencia Sobre El Principio De Favorabilidad En Materia Penal, La De Proferir La Sentencia Se Ignoro La Actividad Que Cumple En Ejercicio De La Funcion Consagrada En El Articulo 241.9 Y En La Misma Jurisprudencia De La Sala Plena De La Corte Constitucional Y Que En Ella Se Aporto (Sic) De La Jurisprudencia Vertida. La Sala Segunda De Revisión No Incurrio En Desconocimiento Alguno Del Principio De Favorabilidad Penal. No Es Cierto Que La Corte Constitucional Hubiere Incurrido En Causal De Nulidad Por Omisión De Su Tarea De Unificación De La Jurisprudencia Y Tampoco En Relación Con La Argumentacion Expuesta Le Asiste Razon A La Invocación De La Causal Aludida Para Que Se Decrete La Nulidad De La Sentencia Que Por El Actor Se Combate. Denegada
Derechos A La Igualdad Debido Proceso Penal Y Libre Acceso A La Justicia. Apertura Proceso Penal Con Pruebas Practicadas Y Recaudadas En Este Pais O Revocacion Auto Inhibitorio. Hecho Superado Por Carencia Actual De Objeto. Negada.