Artículo 1
1 sentencia →1 incisoC-080/96
El Gobernador de dicho Departamento reglamentará convenientemente la recaudación del impuesto de que trata esta Ley.
Ley 60 De 1912
El Gobernador de dicho Departamento reglamentará convenientemente la recaudación del impuesto de que trata esta Ley.
También corresponden al Departamento del Atlántico las sumas que ha dejado de recaudar desde que las Empresas de vapores suspendieron el pago del impuesto de degüello; y de la cantidad total que recaude por este motivo destinará el veinticinco por ciento para el auxilio del Hospicio de San Antonio de Barranquilla.