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Ley 60 De 1912

Artículo 1

1 sentencia
1 incisoC-080/96

El Gobernador de dicho Departamento reglamentará convenientemente la recaudación del impuesto de que trata esta Ley.

Artículo 2

1 sentencia

También corresponden al Departamento del Atlántico las sumas que ha dejado de recaudar desde que las Empresas de vapores suspendieron el pago del impuesto de degüello; y de la cantidad total que recaude por este motivo destinará el veinticinco por ciento para el auxilio del Hospicio de San Antonio de Barranquilla.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda