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Articulado completo

Ley 1234 De 2008

Artículo 1

2 incisos1 parágrafoadiciona decreto 1146/90

Artículo 1º : Adiciónese al artículo 2º del Decreto Legislativo 1146 de 1990, modificado por el artículo 1º del Decreto Legislativo 1813 de 1990 y adoptado como legislación permanente por el artículo 4º del Decreto-ley 2272 de 1991, el siguiente parágrafo:

Parágrafo 2

"Se autoriza la importación de metanol o alcohol metílico por el puerto de Santa Marta, cuando el mismo se destine a proyectos de producción de biodiésel".

Facúltese al Gobierno Nacional, en el evento que sea necesario autorizar, por un puerto o zona franca diferente, la importación de metanol o alcohol metílico cuando el mismo se destine a proyectos de producción de biodiésel.

Artículo 2

Diario Oficial

4 incisos

La Presidenta del honorableSenado de la República,

Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Emilio Ramón Otero Dajud.

Firmas

La Presidenta del honorableSenado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General (E.) de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Minas y Energía