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Ley 1997 De 2019

Artículo 1

1 sentencia
6 incisos1 parágrafoC-119/21adiciona ley 43/93

Adiciónese un parágrafo al artículo 2° de la Ley 43 de 1993 , así:

De la nacionalidad colombiana por nacimiento.

Artículo 2°. De los requisitos para la adquisición de la nacionalidad colombiana por nacimiento.

Son naturales de Colombia los nacidos dentro de los límites del territorio nacional tal como quedó señalado en el artículo 101 de la Constitución Política, o en aquellos lugares del exterior asimilados al territorio nacional, según lo dispuesto en tratados internacionales o la costumbre internacional.

Para los hijos nacidos en el exterior, la nacionalidad colombiana del padre o de la madre se define a la luz del principio de la doble naciona­lidad según el cual, “la calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad”.

Por domicilio se entiende la residencia en Colombia acompañada del ánimo de permanecer en el territorio nacional, de acuerdo con las normas pertinentes del Código Civil.

Parágrafo

Excepcionalmente se presumirá la residencia y ánimo de permanencia en Colombia de las personas venezolanas en situación mi­gratoria regular o irregular, o solicitantes de refugio, cuyos hijos e hijas hayan nacido en territorio colombiano desde el 1° de enero de 2015 y hasta 2 años después de la promulgación de esta ley.

Artículo 2

1 sentencia
1 incisoC-119/21

La presente ley rige a partir de su promulgación y hasta dos años después de su entrada en vigencia, y deroga todas las disposi­ciones que le sean contrarias.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra del Interior
La Viceministra de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Rela | ciones Exteriores, encargada de las Funciones del Despacho del Minis | tro de Relaciones Exteriores
La Ministra de Justicia y del Derecho
La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social