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Articulado completo

Ley 72 De 1936

Aprueba

El texto propio de esta ley es el acto aprobatorio. Aprueba un instrumento con articulado propio:

Artículo 1

48 incisos

Artículo único. Apruébase la Convención sobre la enseñanza de la Historia, originaria de la VII Conferencia Internacional Americana, que a la letra, dice:

CONVENCIÓN SOBRE LA ENSEÑANZA

DE LA HISTORIA

Los Gobiernos representados en la Séptima Conferencia Internacional Americana, considerando:

Que es urgente complementar la organización política y jurídica de la paz con el desarme moral de los pueblos, mediante la revisión de los textos de enseñanza que se utilizan en los diversos países;

Que la necesidad de realizar esta obra depuradora ha sido reconocida en acuerdos del Congreso Científico Panamericano de Lima (1924), del Congreso de Historia Nacional de Montevideo (1928), del Congreso de Historia de Buenos Aires (1929), del Congreso de Historia de Bogotá (1930), del Segundo Congreso de Historia Nacional de Río de Janeiro (1931), del Congreso Universitario Americano de Montevideo (1931) y con la adopción de medidas en dicho sentido por varios Gobiernos Americanos, y

Que los Estados Unidos del Brasil y las Repúblicas Argentina y Oriental del Uruguay, dando ejemplo de sus elevados sentimientos de paz e inteligencia internacional, han suscrito recientemente convenios para la Revisión de los textos de enseñanza de Historia y Geografía,

Han designado como sus Plenipotenciarios:

Honduras:

Miguel Paz Barahona, Augusto C. Coello, Luis Bográn.

Estados Unidos de América:

Cordell Hull, Alexander W. Weddell, J. Reuben Clark, J. Butler Wright, Spruille Braden, Miss Sophonisba P. Breckinridge.

El Salvador

Héctor David Castro, Arturo Ramón Ávila, J. Cipriano Castro.

República Dominicana:

Tulio M. Cestero.

Haití:

Justin Barau, Francis Salgado, Antoine Pierre- Paul, Edmond Mangonés.

Argentina: Carlos Saavedra Lamas, Juan F Cafferata, Ramón S. Castillo, Carlos Brebbia, Isidoro Ruiz Moreno, Luis A. Podestá Costa, Raúl Prebish, Daniel Antokoletz.

Venezuela.

César Zumeta, Luis Churión, José Rafael Montilla.

Uruguay

Alberto Mañé, Juan José Amézaga, José G. Antuña, Juan Carlos Blanco, señora Sofía A. V. de Demicheli, Martín R. Echegoyen, Luis Alberto de Herrera, Pedro Manini Ríos, Mateo Marqués Castro, Rodolfo Mezzera, Octavio Morató, Luis Morquio, Teófilo Piñeyro Chain, Dardo Regules, José Serrato, José Pedro Varela.

Paraguay:

Justo Pastor Benítez, Gerónimo Riart, Horacio A. Fernández, señorita María F. González.

México:

José Manuel Puig Casauranc, Alfonso Reyes, Basilio Vadillo, Genaro V. Vásquez, Romeo Ortega, Manuel J. Sierra, Eduardo Suárez.

Panamá:

J. D. Arosemena, Eduardo E. Holguín, Oscar R. Muller, Magín Pons.

Bolivia:

Casto Rojas, David Alvéstegui, Arturo Pinto Escalier.

Guatemala:

Alfredo Skinner Klee, José González Campo, Carlos Salazar, Manuel Arroyo.

Brasil:

Afranio de Mello Franco, Lucillo A. da Cunha Bueno, Francisco Luis da Silva Campos, Gilberto Amado, Carlos Chagas, Samuel Ribeiro.

Ecuador:

Augusto Aguirre Aparicio, Humberto Albornoz, Antonio Parra, Carlos Puig Vilassar, Arturo Scarone.

Nicaragua:

Leonardo Arguello, Manuel Cordero Reyes, Carlos Cuadra Pasos.

Colombia:

Alfonso López, Raimundo Rivas, José Camacho Carreño.

Chile:

Miguel Cruchaga Tocornal, Octavio Señoret Silva, Gustavo Rivera, José Ramón Gutiérrez, Félix Nieto del Río, Francisco Figueroa Sánchez, Benjamín Cohen.

Perú:

Alfredo Solf y Muro, Felipe Barreda Laos, Luis Fernán Cisneros.

Cuba:

Ángel Alberto Giraudy, Herminio Portell Vilá, Alfredo Nogueira.

Quienes, después de haber exhibido sus Plenos Poderes, que fueron hallados en buena y debida forma, han convenido en lo siguiente:

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Relaciones Exteriores
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional