Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 626 De 2000

Artículo 1

1 inciso2 numerales

Presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúese la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2000, en la suma de ochocientos veintitrés mil novecientos sesenta y dos millones cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y un pesos ($823.962.054.731) moneda legal, según el siguiente detalle: RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION MODIFICACION NETA AL PROYECTO DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 2000 Concepto Valor I. Ingresos del Presupuesto Nacional 823.274.031.000

2

Recursos de capital de la Nación 800.000.000.000

6

Fondos especiales 23.274.031.000 II. Ingresos de los establecimientos públicos 688.023.731 032000 Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología "Francisco José de Caldas" (Colciencias) A. Ingresos corrientes 369.735.524 150700 Instituto Casas Fiscales del Ejército A. Ingresos corrientes 80.588.207 202000 Superintendencia de Sociedades A. Ingresos corrientes 237.700.000 TOTAL INGRESOS 823.962.054.731

Artículo 2

60 incisos

Adiciónese el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2000 en la suma de ochocientos veintitrés mil novecientos sesenta y dos millones cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y un pesos ($823.962.054.731) moneda legal, según el siguiente detalle:

ADICIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 2000

PROG

SUBP.

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

RECURSOS PROPIOS

Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología "Francisco José de Caldas" (Colciencias)

Funcionamiento

369.735.524

369.735.524

Total sección

369.735.524

369.735.524

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Funcionamiento

800.000.000.000

800.000.000.000

Total sección

800.000.000.000

800.000.000.000

Ministerio de Defensa Nacional

Funcionamiento

9.644.317.000

9.644.317.000

Total sección

9.644.317.000

9.644.317.000

Instituto Casas Fiscales del Ejército

Funcionamiento

80.588.207

80.588.207

Total sección

80.588.207

80.588.207

Policía Nacional

Funcionamiento

2.843.720.000

2.843.720.000

Total sección

2.843.720.000

2.843.720.000

Superintendencia de Sociedades

Funcionamiento

237.700.000

237.700.000

Total sección

237.700.000

237.700.000

Contraloría General de la República

Funcionamiento

10.785.994.000

10.785.994.000

Total sección

10.785.994.000

10.785.994.000

Total adiciones

823.274.031.000

688.023.731

823.962.054.731

Artículo 3

338 incisos

Contracredítase el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2000, en la suma de cincuenta y cinco mil trescientos cincuenta y nueve millones trescientos diecisiete mil seiscientos cincuenta y siete pesos ($55.359.317.657) moneda legal según el siguiente detalle:

CONTRACREDITOS AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 2000

PROG

SUBP.

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

RECURSOS PROPIOS

TOTAL

Escuela Superior de Administración Pública (ESAP)

0310

Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano

185.000.000

185.000.000

1501

Asistencia directa a la comunidad

185.000.000

185.000.000

0320

Protección y bienestar social del recurso humano

45.000.000

45.000.000

1501

Asistencia directa a la comunidad

45.000.000

45.000.000

0510

Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado

370.000.000

370.000.000

1501

Asistencia directa a la comunidad

370.000.000

370.000.000

Inversión

600.000.000

600.000.000

Total sección

600.000.000

600.000.000

Superintendencia de Notariado y Registro

0212

Mantenimiento de equipos materiales, suministros y servicios propios del sector

2.000.000.000

2.000.000.000

0800

Intersubsectorial Justicia

2.000.000.000

2.000.000.000

0430

Levantamiento de información para procesamiento

1.500.000.000

1.500.000.000

0800

Intersubsectorial Justicia

1.500.000.000

1.500.000.000

Inversión

3.500.000.000

3.500.000.000

Total sección

3.500.000.000

3.500.000.000

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Funcionamiento

800.000.000

800.000.000

Total sección

800.000.000

800.000.000

Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)

Servicio de la deuda

295.000.000

295.000.000

Total sección

295.000.000

295.000.000

Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (Incora)

Funcionamiento

2.804.000.000

2.804.000.000

Total sección

2.804.000.000

2.804.000.000

Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT

Funcionamiento

3.000.000.000

3.000.000.000

Total sección

3.000.000.000

3.000.000.000

Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI

Funcionamiento

398.000.000

398.000.000

Total sección

398.000.000

398.000.000

Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)

310

Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano

11.675.645.442

11.675.645.442

1300

Intersubsectorial Trabajo y Seguridad Social

11.675.645.442

11.675.645.442

Inversión

11.675.645.442

11.675.645.442

Total sección

11.675.645.442

11.675.645.442

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)

0320

Protección y Bienestar Social del recurso humano

7.045.000.000

7.045.000.000

1501

Asistencia directa a la comunidad

7.045.000.000

7.045.000.000

Inversión

7.045.000.000

7.045.000.000

Total sección

7.045.000.000

7.045.000.000

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima

0112

Adquisición de infraestructura propia del sector

236.072.215

236.072.215

0300

Intersubsectorial Salud

236.072.215

236.072.215

Inversión

236.072.215

236.072.215

Total sección

236.072.215

236.072.215

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

0410

Investigación básica, aplicada y estudios

1.000.000.000

1.000.000.000

0200

Intersubsectorial Industria y Comercio

1.000.000.000

1.000.000.000

Inversión

1.000.000.000

1.000.000.000

Total sección

1.000.000.000

1.000.000.000

Superintendencia de Sociedades

0112

Adquisición de infraestructura propia del sector

65.700.000

65.700.000

1000

Intersubsectorial Gobierno

65.700.000

65.700.000

Inversión

65.700.000

65.700.000

Total sección

65.700.000

65.700.000

Ministerio de Minas y Energía

Funcionamiento

3.000.000.000

3.000.000.000

Total sección

3.000.000.000

3.000.000.000

Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD

0111

Construcción de infraestructura propia del sector

400.000.000

400.000.000

0705

Educación superior

400.000.000

400.000.000

0211

Adquisición y/o producción de equipos y materiales, suministros y servicios propios del sector

50.000.000

50.000.000

0705

Educación superior

50.000.000

50.000.000

0410

Investigación básica, aplicada y estudios

100.000.000

100.000.000

0705

Educación superior

100.000.000

100.000.000

0520

Administración, control y organización institucional para apoyo a la Administración del Estado

100.000.000

100.000.000

0705

Educación superior

100.000.000

100.000.000

Inversión

650.000.000

650.000.000

Total sección

650.000.000

650.000.000

Ministerio de Transporte

Funcionamiento

7.100.000.000

7.100.000.000

Total sección

7.100.000.000

7.100.000.000

Instituto Nacional de Vías

Servicio de la deuda

1.822.000.000

1.822.000.000

Total sección

1.822.000.000

1.822.000.000

Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil

0111

Construcción de infraestructura propia del sector

4.452.662.824

4.452.662.824

0608

Transporte aéreo

4.452.662.824

4.452.662.824

0112

Adquisición de infraestructura propia del sector

992.897.494

992.897.494

0608

Transporte aéreo

992.897.494

992.897.494

0113

Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector

2.005.888.281

2.005.888.281

0608

Transporte aéreo

2.005.888.281

2.005.888.281

0121

Construcción de infraestructura administrativa

330.710.000

330.710.000

0608

Transporte aéreo

330.710.000

330.710.000

0123

Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa

30.882.428

30.882.428

0608

Transporte aéreo

30.882.428

30.882.428

0211

Adquisición y/o producción de equipos, materiales suministros y servicios propios del sector

1.921.358.471

1.921.358.471

0608

Transporte aéreo

1.921.358.471

1.921.358.471

0212

Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector

674.217.913

674.217.913

0608

Transporte aéreo

674.217.913

674.217.913

0320

Protección y bienestar social del recurso humano

200.000.000

200.000.000

0608

Transporte aéreo

200.000.000

200.000.000

0430

Levantamiento de información para procesamiento

1.382.589

1.382.589

0608

Transporte aéreo

1.382.589

1.382.589

0510

Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado

390.000.000

390.000.000

0608

Transporte aéreo

390.000.000

390.000.000

Inversión

11.000.000.000

11.000.000.000

Total sección

11.000.000.000

11.000.000.000

Ministerio de Comercio Exterior

0122

Adquisición de infraestructura administrativa

367.900.000

367.900.000

0205

Comercio externo

367.900.000

367.900.000

Inversión

367.900.000

367.900.000

Total sección

367.900.000

367.900.000

Total contracréditos

19.586.900.000

35.772.417.657

55.359.317.657

Artículo 4

114 incisos

Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2000, en la suma de cincuenta y cinco mil trescientos cincuenta y nueve millones trescientos diecisiete mil seiscientos cincuenta y siete pesos ($55.359.317.657) moneda legal según el siguiente detalle:

CREDITOS AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 2000

PROG

SUBP.

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

RECURSOS PROPIOS

TOTAL

Escuela Superior de Administración Pública (ESAP)

Funcionamiento

600.000.000

600.000.000

Total sección

600.000.000

600.000.000

Superintendencia de Notariado y Registro

Funcionamiento

3.500.000.000

3.500.000.000

Total sección

3.500.000.000

3.500.000.000

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Funcionamiento

17.102.000.000

17.102.000.000

Total sección

17.102.000.000

17.102.000.000

Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)

Funcionamiento

295.000.000

295.000.000

Total sección

295.000.000

295.000.000

Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)

Funcionamiento

3.080.039.652

3.080.039.652

0310

Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano

8.595.605.790

8.595.605.790

0704

Capacitación técnica no profesional

8.595.605.790

8.595.605.790

Inversión

8.595.605.790

8.595.605.790

Total sección

11.675.645.442

11.675.645.442

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)

Funcionamiento

7.045.000.000

7.045.000.000

Total sección

7.045.000.000

7.045.000.000

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima

Funcionamiento

236.072.215

236.072.215

Total sección

236.072.215

236.072.215

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

Funcionamiento

1.000.000.000

1.000.000.000

Total sección

1.000.000.000

1.000.000.000

Superintendencia de Sociedades

Funcionamiento

65.700.000

65.700.000

Total sección

65.700.000

65.700.000

Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD

Funcionamiento

650.000.000

650.000.000

Total sección

650.000.000

650.000.000

Instituto Nacional de Vías

Funcionamiento

1.822.000.000

1.822.000.000

Total sección

1.822.000.000

1.822.000.000

Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil

Funcionamiento

11.000.000.000

11.000.000.000

Total sección

11.000.000.000

11.000.000.000

Ministerio de Comercio Exterior

Funcionamiento

367.900.000

367.900.000

Total sección

367.900.000

367.900.000

Total créditos

19.586.900.000

35.772.417.657

55.359.317.657

Artículo 5

El Gobierno Nacional en el decreto de liquidación excluirá los traslados cuyos contracréditos estén comprometidos en el momento de sancionar la presente ley.

Artículo 6

2 incisos

Exceptúase de lo establecido en los artículos 32 y 33 de la Ley 547 de 1999 al Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, el Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. En virtud de lo anterior, para los contratos de adquisición de bienes y servicios para la Defensa de Seguridad Nacional y para los contratos interadministrativos que sean suscritos con entidades que pertenezcan al Sector Defensa, celebrados antes del 31 de diciembre del año 2000 las respectivas entidades constituirán las reservas presupuestales en los términos que establece el artículo 89 de la Ley Orgánica del Presupuesto.

Para los efectos previstos en el presente artículo constituirá compromiso la adjudicación de una licitación, concurso de mérito o cualquier otro proceso de selección del contratista en los términos señalados en las normas vigentes.

Artículo 7

1 inciso

Los contratos relacionados con bienes y servicios destinados a la Fuerza Pública, celebrados en desarrollo del inciso 4º del artículo 13 de la Ley 80 de 1993 ejecutan la apropiación respectiva. En el evento de que por especificidad de los contratos se presenten remanentes, con cargo a los mismos podrán suscribirse modificaciones, adiciones o enmiendas al correspondiente contrato.

Artículo 8

Crear la prescripción para las contribuciones estatales no reclamadas, a un año contado a partir del debate electoral.

Para que las contribuciones electorales del Estado sean devueltas por los partidos políticos, movimientos políticos y organizaciones adscritas a grupos sociales que postulen candidatos, los giros no reclamados por los candidatos electos a Corporaciones Públicas les prescriba su derecho a favor del Partido Político, Movimiento Político u organización adscrita a grupos sociales que hayan postulado al candidato electo no reclamante.

Las transferencias del derecho sea utilizada, por el Partido Político, Movimiento Político u Organización adscrita a grupos sociales, en bienes patrimoniales, en investigaciones y estudios propios de su actividad o en obras sociales a favor de las comunidades.

Artículo 9

1 inciso

Los recursos asignados en la presente ley para atender el incremento salarial, de conformidad con lo ordenado en la sentencia C-1433/2000 de la honorable Corte Constitucional y que se destine para el otorgamiento de los créditos condonables al sector educativo que se financien con los recursos del situado fiscal, sólo requerirá de la firma de las partes de una adición o un otrosí a los contratos de crédito y convenio de desempeño celebrados en virtud de lo establecido en el artículo 8º de la Ley 612 de 2000 .

Artículo 10

1 sentencia
2 incisosC-177/02

Adiciónese la suma de treinta y cinco mil millones de pesos ($35.000.000.000.00) como parte del aporte nacional a los ingresos de las Universidades Estatales, con el objeto de atender el ajuste salarial de los servidores públicos docentes y no docentes de las mismas, en cumplimiento de la sentencia C-1433 de 2000 de la honorable Corte Constitucional y la suma de treinta y cinco mil millones de pesos ($35.000.000.000.00) complementarios se les provean en el adicional del presupuesto del año 2001.

Los setenta mil millones de pesos ($70.000.000.000.00) señalados en ningún caso harán parte de la base de cálculo de los aportes que la Nación debe efectuar en cumplimiento del artículo 86 de la Ley 30 de 1992 .

Artículo 11

1 inciso

La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público