Artículo 1
2 incisos
Dicha suma será pagadera por el Tesoro Nacional tan pronto como el Municipio este en posesión del terreno destinado al edificio, en tres semestres seguidos, por cuotas de dos mil pesos para cada uno de los dos primeros semestres, y de los mil restantes, para el último.
La expresada suma de cinco mil pesos oro se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia.