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Ley 29 De 1919

Artículo 1

2 incisos

Autorízase al Gobierno para que contribuya a la erección del monumento que por cuenta de Colombia y el Ecuador se construirá en la línea de frontera del Carchi.

El gasto que ocasione el cumplimiento de la presente Ley se incluirá en el Presupuesto de la vigencia venidera.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Tesoro, encargado del Despacho de Obras Públicas