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Ley 52 De 1910

Artículo 1

1 inciso

Suprimense los derechos por la exportación del ganado vacuno y del caucho.

Artículo 2

Diario Oficial

1 inciso

Esta Ley regira desde el 1 0 del mes siguiente al en que sea publicada en el Diario Oficial.

Firmas

El presidente
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda