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Ley 31 De 1945

Artículo 1

1 inciso

Las sumas que el Fondo Rotatorio Nacional tenga prestadas a la Cooperativa de Acción Económica de Caldas, Limitada; y la Unión Central Cooperativa de Abastecimiento, Limitada, de Medellín, serán suscritas en acciones de dichas Cooperativas.

Artículo 2

1 inciso

Las cooperativas de segundo grado que funcionen en el país, ejercerán sus actividades sociales en concordancia con el Instituto Nacional de Abastecimientos y como agentes suyos dentro de sus respectivos radios de acción, para el desarrollo de los objetivos que les son comunes.

Artículo 3

1 sentencia
5 incisosC-080/96

El impuesto de degüello continuara causándose y recaudándose en la forma acordada por las disposiciones legales que hoy regulan la metería.

Mas con el fin de favorecer la industria ganadera y las conveniencias del consumidor, cuando el dueño de ganado mayor o menor declare, en la Recaudación respectiva, que va a sacrificar determinadas reses para transportar las carnes a lugar distinto de aquel en que los ganados se sacrifican, el impuesto se pagará en el lugar en donde las carnes se consuman.

Para los efectos del inciso anterior, el dueño de las reses sacrificadas deberá indicar pormenorizadamente, el lugar a donde destina las carnes y el número de cabezas que a cada plaza ha de transportar en las condiciones dichas.

Todo fraude en esta declaración se sancionará con un recargo del ciento por ciento (100%) del impuesto respectivo.

En la reglamentación de te precepto, el Gobierno Nacional tomará las medidas que estime pertinentes para evitar fraudes a la renta.

Artículo 4

1 inciso

Esta ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social
El Ministro de la Economía Nacional