Artículo 1
Escuelas Normales
Artículo 1° Señalase las siguientes asignaciones civiles en el ramo de Instrucción Pública:
Escuelas Normales .
Mensuales.
Escuela de Comercio .
El Rector
Universidad Nacional .
Los Rectores, a
Biblioteca Nacional.
Un Director
Museo Nacional .
Un Director
Observatorio Astronómico .
Un Director
Conservatorio Nacional de Música .
Un Director
Escuela de Bellas Artes .
Un Rector
El Director Departamental
Los empleados de los institutos a que se refiere esta Ley, no comprendidos en ella, continuaran disfrutando de los sueldos que hoy tienen.