Artículo 1
1 inciso
Decláranse exentos del pago de derechos de importación los efectos que, como obsequio a los indios goajiros, envió la Asociación de Señoritas Auxiliares de las Misiones de Madrid, España, según manifiesto número 9 de la goleta 20 de julio, de 1.º de febrero del presente año. El Gobierno devolverá a quien corresponda la suma de quinientos nueve pesos y treinta y un centavos en oro cobrada por la introducción de dichos efectos.