Artículo 1
A partir de la vigencia de la presente Ley, el Servicio Aéreo Territorios Nacionales "Satena" funcionará como establecimiento público, con personería jurídica y patrimonio propio, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional.
Ley 80 De 1968
A partir de la vigencia de la presente Ley, el Servicio Aéreo Territorios Nacionales "Satena" funcionará como establecimiento público, con personería jurídica y patrimonio propio, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional.
Son funciones del Servicio Aéreo Territorios Nacionales "Satena":
Prestar el servicio de transporte aéreo en las regiones subdesarrolladas del país;
Colaborar en las campañas asistenciales, de incremento agrícola y pecuario, de colonización y fomento económico y social de tales territorios, de acuerdo con los prospectos del Gobierno;
Vincular a la economía nacional apartadas regiones del país;
Transportar funcionarios públicos y pasajeros, correo y carga oficial y particular.
En desarrollo de las funciones que le señala el artículo segundo de la presente Ley, "Satena" tendrá las siguientes atribuciones:
Adquirir en el país, de preferencia, o en el Exterior, materiales, elementos, equipos, combustibles, repuestos, accesorios y demás artículos indispensables para cumplir sus finalidades.
Contratar, previo concepto favorable del Gobierno Nacional y con la garantía de la Nación empréstitos internos y externos destinados al perfeccionamiento y ensanche de sus servicios y operaciones.
El Servicio Aéreo Territorios Nacionales, será dirigido, administrado y orientado por una Junta Directiva, un Gerente y los demás funcionarios que determinen los Estatutos.
La Junta Directiva estará integrada por los siguientes miembros:
El Ministro de Defensa Nacional o su delegado, quien la presidirá;
El Comandante de la Fuerza Aérea;
El Jefe del Estado Mayor Aéreo de la FAC, o su delegado;
El Ministro de Gobierno o su delegado;
El Ministro de Comunicaciones o su delegado.
El Servicio Aéreo Territorios Nacionales "Satena" tendrá la equivalencia de un Comando Aéreo y será gerenciado por un Oficial Superior de la FAC, nombrado por el Gobierno Nacional.
El Control Fiscal de "Satena" estará a cargo de la Contraloría General de la República, por medio de una Auditoría Fiscal, organizada de acuerdo con la índole del servicio que por la presente Ley se organiza.
"Satena" queda exonerada de todos los gravámenes, impuestos y derechos nacionales relacionados con su constitución y funcionamiento.
El patrimonio del Servicio Aéreo Territorios Nacionales, estará integrado por los siguientes valores y bienes:
Los bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título que consten en inventario debidamente protocolizado que se realizará dentro de los noventa (90) días siguientes a la sanción de la presente Ley;
Un aporte inicial de $ 35.000.000, en efectivo, para compra y reparación de material volante, quedando el Gobierno autorizado para realizar todas las operaciones de crédito que fueren necesarias.
Anualmente el Gobierno incluirá una partida de $ 1.000.000 en el Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, para atender los gastos de funcionamiento e inversión de "Satena".
Los aviones de "Satena" tendrán calidad de aeronaves militares. Sin embargo, en los casos de responsabilidad contractual o extracontractual, la empresa se regirá por las disposiciones de derecho civil.
Esta Ley regirá desde su sanción. Dada en Bogotá, D.E., a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho. EL PRESIDENTE DEL SENADO, MARIO S. VIVAS EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES, PEDRO DUARTE CONTRERAS EL SECRETARIO DEL SENADO, LUIS GUILLERMO VELÁSQUEZ. EL SECRETARIO DE LA HONORABLE CÁMARA, JUAN JOSÉ NEIRA F. REPÚBLICA DE COLOMBIA, GOBIERNO NACIONAL. Bogotá, D.E., a los 30 días del mes de diciembre de 1968. PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE. CARLOS LLERAS RESTREPO EL MINISTRO DE GOBIERNO, CARLOS AUGUSTO NORIEGA. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ABDÓN ESPINOSA VALDERRAMA. EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, GENERAL GERARDO AYERBE CHAUX.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial N. 32684. 14 de enero de 1969. .stl-1-white-blue-second { background-color: transparent; border: 2px solid #1E3559 !important; color: #1E3559; transition-duration: .4s; border-radius: 3px; padding: 10px 30px; font-size: 1.0em; font-weight: 700; display: inline-block; } .stl-1-white-blue-second:hover { background-color: #1E3559; color: #fff; border: 2px solid #1E3559; border-radius: 3px; padding: 10px 30px; font-weight: 700; text-decoration: none; } .stl-1-white-blue-second:active { background-color: #bfbfbf; color: white; } Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso --> --> --> $(document).ready(function(){ // Verificar si el sessionStorage tiene la fecha guardada var modalShownTime = sessionStorage.getItem('modalShownTime'); if (!modalShownTime) { // Si no hay fecha guardada, guardar la fecha actual sessionStorage.setItem('modalShownTime', new Date().getTime()); } else { // Si hay fecha guardada, verificar si han pasado 2 minutos desde entonces var currentTime = new Date().getTime(); sessionStorage.setItem('modalShownTimeresta', (currentTime - modalShownTime)); if ((currentTime - modalShownTime) $('[name="btnsearch"]').click(function(){ $('[name="_com_liferay_portal_search_web_portlet_SearchPortlet_fm"]').submit(); }); (function(i,s,o,g,r,a,m){i['GoogleAnalyticsObject']=r;i[r]=i[r]||function(){ (i[r].q=i[r].q||[]).push(arguments)},i[r].l=1*new Date();a=s.createElement(o), m=s.getElementsByTagName(o)[0];a.async=1;a.src=g;m.parentNode.insertBefore(a,m) })(window,document,'script','//www.google-analytics.com/analytics.js','ga'); ga('create', 'anteriorUA-///71957172-1', 'anteriorUA-///71957172-1'); ga('send', 'pageview'); --> window.dataLayer = window.dataLayer || []; function gtag(){dataLayer.push(arguments);} gtag('js', new Date()); gtag('config', 'G-DVZ2E88S6R');