Artículo 1
Artículo único. Apruébase el "Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Socialista de Rumania", firmado en Bogotá el 26 de septiembre de 1968, que a la letra dice:
Convenio de Cooperación Económica y Técnica:
Entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Socialista de Rumania. El Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Socialista de Rumania, deseosos de promover la cooperación económica y técnica entre los dos países sobre la base de igualdad de derechos y de beneficio mutuo, han convenido en lo siguiente: