DecretoDerogado
Decreto 594 de 1993
por la cual se establece la planta de personal de la Superintendencia del Subsidio Familiar.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1° Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias De La Superintendencia Del Subsidio Familiar, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece : Planta Global2° El Superintendente, Mediante Resolución, Distribuirá Los Cargos A Que Se Refiere El Presente Decreto, De Conformidad Con La Estructura Orgánica, Las Necesidades Del Servicio, Funciones, Requisitos Y Responsabilidades De Cada Empleo, Y En Un Todo Con Los Planes Y Programas Diseñados Por La Entidad3° El Superintendente Del Subsidio Familiar, Según Las Necesidades Del Servicio, Podrá Crear Y Organizar, Mediante Resolución, Grupos Internos De Trabajo, Con El Fin De Desarrollar Las Políticas, Objetivos Y Funciones De La Superintendencia4° La Superintendencia Del Subsidio Familiar No Podrá Excederse En Las Apropiaciones Presupuestales De La Presente Vigencia Fiscal Al Momento De Proveer Los Cargos De Que Trata El Artículo Primero Del Presente Decreto, En 19935° El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Sean Contrarias, En Especial, El Decreto Número 716 Del 28 De Abril De 1992
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le señala el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en especial las que le confiere el Decreto 2150 de 1992
- Héctor Cadena ClavijoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Luis Fernando Ramírez AcuñaEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Carlos Humberto Isaza RodríguezEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública