° El Superintendente del Subsidio Familiar, según las necesidades del servicio, podrá crear y organizar, mediante resolución, grupos internos de trabajo, con el fin de desarrollar las políticas, objetivos y funciones de la Superintendencia.
Decreto 594 de 1993 →Vigente
Artículo 3
° El Superintendente Del Subsidio Familiar, Según Las Necesidades Del Servicio, Podrá Crear Y Organizar, Mediante Resolución, Grupos Internos De Trabajo, Con El Fin De Desarrollar Las Políticas, Objetivos Y Funciones De La Superintendencia
Decreto 594 de 1993 · por la cual se establece la planta de personal de la Superintendencia del Subsidio Familiar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.