DecretoDerogado
Decreto 2529 de 1950
Por el cual se subroga el artículo 459 del Decreto número 1125 de 1950 y se dictan otras disposiciones sobre Justicia Penal Militar
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Organización De La Justicia Penal Militar Establecida Por La Ley 3ª De 1945 Seguirá Funcionando Hasta El 31 De Diciembre De 1950, Para Los Negocios Iniciados Con Anterioridad Al 20 De Abril De 19502El Personal Que De Acuerdo Con El Artículo 4º Del Decreto 1486 De 1950, Había Sido Designado Interinamente Para Los Cargos De Jueces Militares De Brigada Y Secretarios De Los Mismos, Continuarán Desempeñando Dichos Cargos En Propiedad Hasta El 31 De Diciembre De 19503Los Cargos De Presidente Del Tribunal Superior Militar, Fiscal Y Secretario Del Mismo Tribunal, Serán Desempeñados Interinamente Por El Auditor De La Inspección General De Las Fuerzas Militares, Por El Auditor De La Dirección General Del Ejército Y Por El Secretario De La Auditoria De La Inspección General De Las Fuerza Militares, Respectivamente, Hasta El 31 De Diciembre De 19504Suprímase El Cargo De Juez Militar De La Fuerza Aérea, Creado Por El Decreto Número 1128 De 19505Queda Así Subrogado El Artículo 459 Del Decreto 1125 De 19506Este Decreto Rige Desde Su Fecha
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Firmas
Gobierno Nacional
- Mariano Ospina PerezPresidente de la República
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Justicia
- Hernán Jaramillo OcampoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Roberto Urdaneta ArbelaezEl Ministro de Guerra
- Juan GuiEl Ministro de Agricultura y Ganadería