DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1007 de 1956
Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público -Deuda Pública Nacional- y de Guerra), se concede un auxilio y se autoriza su pago
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 21259Para Atender Al Servicio De Amortización, Pago De Intereses, Comisiones Y Demás Gastos De Las Libranzas De Deuda Pública Interna De 1955, Del 3% Anual, Emitidos De Conformidad Con Las Autorizaciones Conferidas Al Gobierno Nacional Por El Decreto Legislativo Número 285 De 1955, Y En Armonía Con El Contrato De Fideicomiso Celebrado Con El Banco De La República El 29 De Marzo Del Mismo Año, Así; 1° Amortización $ 184159Del Capítulo 356 Del Presupuesto De Gastos Del Ministerio De Educación Nacional Para La Vigencia Fiscal En Curso3Artículo 3
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho de Fomento · encargado
- Mayor General Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Hernando Salazar MejíaEl Ministro de Agricultura
- Cástor Jaramillo ArrublaEl Ministro del Trabajo
- Félix García RamírezEl Ministro de Minas y Petróleos
- Gabriel Betancur MejíaEl Ministro de Educación Nacional, encargado del Ministerio de Salud Pública · encargado
- Mayor General Gustavo Berrío MEl Ministro de Comunicaciones