DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1004 de 1956
Por el cual se da una autorización a la Cruz Roja Nacional
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorizase A La Sociedad Nacional De La Cruz Roja Colombiana, Con Sede En Bogotá, Para Rifar En El Año 1956 Una Casa, Con O Sin Muebles, Automóvil Y Enseres, Sin Sujeción A Las Disposiciones Sobre Rifas2Las Boletas Para Esa Rifa Quedan Exentas De Impuestos Nacionales, Y Podrán Venderse En Todo El Territorio De La República3El Control Y Vigilancia De La Rifa A Que Se Refiere Este Decreto, Serán Ejercidos Por El Ministerio De Salud Pública, En Los Términos Del Decreto 1140 De 1943, En Cuanto Le Sean Aplicables4Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdísEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del ministerio de Fomento · encargado
- Mayor General Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Hernando Salazar MejíaEl Ministro de Agricultura
- Castor Jaramillo ArrublaEl Ministro de Trabajo
- Félix García RamírezEl Ministro de Minas y Petróleos
- Gabriel Betancur MejíaEl Ministro de Educación Nacional, Encargado del Ministro De Salud Pública · encargado
- Mayor General Gustavo Berrío MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Teniente Coronel Mariano Ospina NaviaEl Ministro de Obras Públicas, encargado · encargado