DecretoVigente
Decreto 1652 de 2021
Por el cual se reglamentan los literales a), b), e), d), f), g), h), e i) del parágrafo 5 del artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 41 de la Ley 2068 de 2020 y se adicionan las Secciones 2 y 3 al Capítulo 28 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adición De La Sección 2 Al Capítulo 28 Del Título 1 De La Parte 2 Del Libro 1 Del Decreto 1625 De 2016, Único Reglamentario En Materia Tributaria2Adición De La Sección 3 Al Capítulo 28 Del Título 1 De La Parte 2 Del Libro 1 Del Decreto 1625 De 2016, Único Reglamentario En Materia Tributaria3Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MarquezEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los literales a), b), c), d), f), g), h), e i) del parágrafo 5 del artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 41 de la Ley 2068 de 2020, y
- José Manuel Restrepo AbondanoEL MINISTRO DE HACIENDA YCRÉDITO PÚBLICO
- Maria Ximena Lombana VillalbaLA MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA YTURISMO