DecretoVigente
Decreto 1466 de 1938
Por el cual se reglamenta el servicio médico psiquiatra del Juzgado de Menores de Bogotá
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Mientras Subsistan Las Circunstancias Aquí Consideradas, Exceptúase Transitoriamente De Lo Dispuesto En El Artículo 1° Del Decreto Número 805 De 1938, El Juzgado De Menores De Bogotá, Y En Consecuencia, El Médico Psiquiatra De Dicho Juzgado Continuará Prestando Sus Servicios2Este Decreto Comienza A Surtir Sus Electos A Partir Del Día 1° De Julio Del Presente Año
03