DecretoVigente
Decreto 2995 de 1979
Por el cual se fija la planta de empleados públicos de la policía nacional - policía judicial, para los años de 1979 y 1980
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Fíjase La Siguiente Planta De Empleados Públicos Para La Policía Judicial De La Policía Nacional, Para Los Años De 1979 Y 1980: Especialistas Primeros 51 Especialistas Terceros 1 Especialistas Cuartos 84 Especialistas Sextos 4 Adjuntos Jefes 61 Adjuntos Intendentes 2 Adjuntos Mayores 2 Adjuntos Especiales 2 Adjuntos Primeros 72 Adjuntos Segundos 5 Adjuntos Terceros 41 Auxiliares Segundos 42Los Empleados Públicos A Que Se Refiere El Presente Decreto, Se Regirán Para Su Administración Por Las Normas Contenidas En El Decreto-Ley 610 De 1977, Y Por Las Demás Disposiciones Que Lo Adicionen O Modifiquen3Los Empleados Públicos Para La Policía Judicial, Que Reúnan Los Requisitos Establecidos En El Decreto 610 De 1977, Podrán Ser Promovidos Dentro De Las Diferentes Categorías Sin Exceder Del Número De La Planta Fijada En El Presente Decreto, Siempre Y Cuando La Disponibilidad Presupuestal Así Lo Permita4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Julio Cesar Turbay AyalaEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales que le confiere el artículo 120, ordinal 21 de la Constitución Nacional y el artículo 18 del Decreto-ley 610 de 1977
- Jaime García ParraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Luis Carlos Camacho LeyvaEl Ministro de Defensa Nacional