DecretoVigente
Decreto 3728 de 1950
Por el cual se otorga una franquicia telegráfica
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Dentro De Las Prescripciones De Los Artículos 1° 6°, Y 14 Del Decreto 405 De 1949, Las Oficinas Telegráficas De La República Admitirán A Particulares O Funcionarios Públicos Telegramas Libres Hasta Con Cinco Palabras De Texto Dirigidos Exclusivamente Al Ministerio De Agricultura Y Ganadería, Para Poner En Conocimiento De Dicho Despacho Ejectivo, Los Casos Que Pueden Presentarse Sobre Fiebre Aftosa2Estos Telegramas Cursarán Con Prioridad Sobre Todos Los Demás Y Estarán Exentos Del Pago De La Sobretasa De Que Tratan Las Leyes 85 De 1936 Y 2 De 1946
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