DecretoVigencia En Estudio
Decreto 519 de 1971
Por el cual se dictan normas relacionadas con los Directores y Jueces de Instrucción Criminal
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Con Arreglos A Las Disposiciones Legales Pertinentes, El Ministro De Justicia Podrá Delegar En El Director Nacional De Instrucción Criminal, La Ordenación De Gastos En Lo Referente Al Presupuesto De Instrucción Criminal Y De Los Juzgados De Instrucción Penal Aduanera2Para Los Efectos Relacionados Con Los Programas De Especialización Académica, Adiestramiento Y Capacitación Previstos En Los Artículos Cuarto Y Séptimo Del Decreto-Ley 2267 De 31 De Diciembre De 1969, Los Jueces De Instrucción Criminal, Sus Empleados Subalternos Y Los De Las Direcciones De Instrucción Criminal Tendrán Derecho A Licencia Remunerada Por El Termino De Duración De Los Cursos Que Se Organizaren Con Dicha Finalidades3Los Directores De Instrucción Criminal Pueden Disponer Que Los Negocios Que Adelantan Los Jueces Que Concurren Al Curso Los Continúen Quienes No Asistan Al Mismo4El Artículo 21 Del Decreto-Ley 2267 De 31 De Diciembre De 1969 Queda Así: "el Juez De Instrucción Criminal Tiene La Misma Categoría Que El Juez De Circuito, Y Su Asignación Será La De Esté En Cabecera De Distrito5Los Jueces De Instrucción Criminal Tienen Derecho A Las Primas Establecidas Por El Decreto-Ley 903 De 31 De Mayo De 19696Para Los Efectos De La Carrera Judicial Todos Los Jueces De Instrucción Criminal Serán Considerados Como Radicados En Cabecera De Distrito7Este Decreto Rige Desde Su Expedición
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