DecretoVigente
Decreto 2760 de 1965
por el cual se modifica el artículo 3° del Decreto 2526 de 1965.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 13Del Decreto Reglamentario 2526 De Septiembre 24 De 1965 Quedará Así: Artículo 3º Para Los Efectos De La Liquidación De Los Impuestos Sobre La Renta, Complementarios Y Especiales, Los Ingresos En Dólares U Otras Divisas Provenientes De Ventas Internas O Externas De Petróleo Efectuadas Por Contribuyentes Que Estén Obligados A Vender Al Banco De La República La Moneda Extranjera Necesaria Para Los Gastos De Exploración Y Explotación, Se Convertirán A Moneda Colombiana A La Tasa De Cambio Fijada Por La Junta Directiva Del Banco De La República Hasta El Día 16 De Julio De 1964, Y De Esta Fecha En Adelante Por La Junta Monetaria Para Las Importaciones De Capital Destinado A La Exploración Y Explotación De Petróleos, Tasa Que Deberá Igualmente Utilizarse Para La Contabilización De Los Costos De Exploración Y Explotación
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