DecretoCompilado
Decreto 806 de 2000
por el cual se dictan disposiciones para el pago o acuerdo de pago de sumas recaudadas por concepto de Impuesto a las Ventas, IVA, y de Retenciones en la Fuente de Impuestos Nacionales.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
17De La Ley 550 De 1999, Cuando El Empresario Que Adelanta Un Acuerdo De Reestructuración Solicite Autorización Para Efectuar Pagos O Celebrar Acuerdos O Facilidades De Pago, Respecto De Las Sumas Que Adeude Por Concepto De Impuesto A Las Ventas, Iva, Y Retenciones En La Fuente De Cualquiera De Los Impuestos Nacionales, Así Como Los Intereses, Sanciones O Actualizaciones Que Se Deriven Exclusivamente De Estos Conceptos2El Superintendente Competente O El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Según El Caso, Podrán Autorizar Al Empresario Que Adelanta Un Acuerdo De Reestructuración, Para Efectuar Los Pagos Correspondientes A Las Sumas Señaladas En El Artículo Anterior O Celebrar Con La Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales Acuerdos O Facilidades De Pago, Sobre La Totalidad De Dichas Sumas, De Conformidad Con El Inciso 3º Del Artículo 17 De La Ley 550 De 19993Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 17 de la Ley 550 de 1999
- Juan Camilo Restrepo SalazarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público