DecretoVigente
Decreto 226 de 1988
por el cual se crea el Consejo Consultivo y Asesor para el sistema de televisión por Suscripción.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase, Adscrito Al Ministerio De Comunicaciones, El Consejo Consultivo Y Asesor Para El Sistema De Televisión Por Suscripción, Integrado Así: -El Ministro De Comunicaciones O Su Delegado, Quien Lo Presidirá2La Secretaría Ejecutiva Del Consejo Estará A Cargo Del Jefe De La División Jurídica Del Ministerio De Comunicaciones3Corresponde Al Consejo: A) Asesorar Al Ministro De Comunicaciones En Lo Relacionado Con El Sistema De Televisión Por Suscripción Y La Vigilancia De Los Contratos De Concesión Celebrados Para Ese Efecto4La Secretaría Ejecutiva Del Consejo Tendrá A Su Cargo, Las Siguientes Funciones: A) Preparar Los Documentos E Informes Que Deban Ser Objeto De Análisis Por El Consejo; B) Impulsar La Adopción De Las Medidas Que Deban Tomar Las Distintas Autoridades Administrativas Como Consecuencia De Las Decisiones Aprobadas Por El Consejo; C) Preparar Las Actas Correspondientes A Las Sesiones Del Consejo; D) Cumplir Las Demás Funciones Que Sobre La Materia Le Encomiende El Consejo5Este Decreto Rige A Partir De Su Publicación
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