DecretoVigente
Decreto 2914 de 1963
Por el cual se hace un contracrédito, se abre un crédito adicional, y se hace una traslación en el presupuesto de gastos de para la vigencia fiscal de 1963. (ministerio de comunicaciones), por $ 150.000.00
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Hácese El Siguiente Contracrédito Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1863: Presupuesto De Funcionamiento2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Y Hácese La Siguiente Traslación En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1963: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Comunicaciones Crédito Y Traslado B - Rama Técnica Capitulo 1313 División De Radio Y Televisión Programa I - Televisión Servicios Personales 101-2753El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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