DecretoVigente
Decreto 2574 de 2004
por el cual se autoriza a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para canjear instrumentos de deuda interna del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas, IPSE, por acciones.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase A La Nación - Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Para Recibir Acciones Que El Instituto De Planificación Y Promoción De Soluciones Energéticas Para Las Zonas No Interconectadas, Ipse, Posee En Las Empresas Y Por Los Montos Que A Continuación Se Relacionan: Entidad Monto Centrales Hidroeléctricas De Caldas S2Como Consecuencia De La Autorización Otorgada En El Artículo Anterior, El Instituto De Planificación Y Promoción De Soluciones Energéticas Para Las Zonas No Interconectadas, Ipse, Transferirá A La Nación - Ministerio De Hacienda Y Crédito Público - Acciones Así: Entidad N° De Acciones Valor Centrales Hidroeléctricas De Caldas S3El Instituto De Planificación Y Promoción De Soluciones Energéticas Para Las Zonas No Interconectadas - Ipse - Deberá Entregar A La Nación - Ministerio De Hacienda Y Crédito Público - Las Acciones Mencionadas En El Artículo Anterior Junto Con Una Certificación De Centrales Hidroeléctricas De Caldas S4La Nación - Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Deberá Liquidar La Deuda Del Instituto De Planificación Y Promoción De Soluciones Energéticas Para Las Zonas No Interconectadas, Ipse, De Acuerdo Con La Tasa De Interés Pactada En El Acuerdo De Pago De Que Trata El Considerando Tercero Del Presente Decreto, En Forma Anual, Y Acumulará Dichos Intereses Para Ser Pagaderos Junto Con El Capital5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 18 de la Ley 51 de 1990, y
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Manuel Maiguashca OlanoEl Viceministro de Minas y Energía, Encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía · encargado