DecretoVigente
Decreto 355 de 1909
Por el cual se reglamenta la Ley de elecciones
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12° Los Consejeros Electorales De Los Departamentos Tendrán Tres Suplentes Elegidos Por Las Municipalidad Des, En La Misma Forma Que Los Principales, Conforme Al Artículo 23° No Pueden Ser Elegidos; Consejeros Electorales De Los Departamentos Los Individuos Que El Día De Las Votaciones Desempeñaren Ó Hubieren Desempeñado En Los Tres Meses Anteriores Á Éstas Los Empleos, Á Que Se Contrae Artículo 36 De La Ley 119 De 189250Artículo 50
03