DecretoVigente
Decreto 1586 de 1993
por el cual se crea la Comisión Mixta para el Estudio del Café y se dictan otras disposiciones.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase La Comisión Mixta Para El Estudio Del Café, Adscrita Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Para Que Antes Del 30 De Abril De 1994, Presente Al Gobierno Nacional Propuestas De Reforma Del Marco Institucional Cafetero E Instrumentos De Política Cafetera Acordes Con Las Necesidades Impuestas Por El Mercado Libre Del Café, La Cual Estará Integrada Por: - Dos Miembros De La Junta Directiva Del Banco De La República Designadas Por El Gobierno Nacional2La Comisión Mixta Para El Estudio Del Café Tendrá Un Director, Un Secretario Técnico Y Un Asesor Económico Designados Por El Presidente De La República3“la Comisión Mixta Para El Estudio Del Café” Bajo La Orientación Del Director Será Responsable De Diseñar Los Trabajos Técnicos Necesarios Para Llevar A Cabo Su Tarea, Fijar Los Términos De Referencia Para La Realización De Dichos Trabajos Y Seleccionar Los Expertos Que Deban Realizarlos, Con Base En Los Cuales La Comisión Preparará Un Documento Carta De Recomendación Para El Gobierno4El Ministerio De Hacienda Crédito Público Y El Departamento Nacional De Planeación Realizarán Las Gestiones Necesarias Para Celebrar Los Contratos Por Medio De Los Cuales Se Vinculan Al Director, Al Secretario Técnico Y Al Asesor Económico De La Comisión, Para Pagar Honorarios A Los Miembros Del Comité Y Para Contratar Los Trabajadores Técnicos Que Ordene La Comisión5El Director, El Secretario Técnico, El Asesor Económico De La Comisión Y Las Demás Personas Que Presten Asesoría O Desarrollen Los Trabajos Técnicos, Serán Vinculados Mediante Contratos De Prestación De Servicios6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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