DecretoDerogado
Decreto 45 de 1990
por el cual se dicta una disposición sobre el auxilio patronal de transporte.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 2 De Enero De 1990 El Auxilio De Transporte A Que Tienen Derecho Los Empleados Oficiales Y Los Trabajadores Particulares Que Devenguen Un Salario Mensual Hasta De Dos (2) Veces El Salario Mínimo, Será De Tres Mil Setecientos Noventa Y Siete Pesos Con Cincuenta Centavos ($ 32Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto Número 105 Del 13 De Enero De 1989
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley 15 de 1959
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Teresa Forero De SaadeLa Ministra de Trabajo y Seguridad Social
- Luz Priscila Ceballos OrdóñezLa Ministra de Obras Públicas y Transporte