DecretoVigencia En Estudio
Decreto 342 de 1957
Por el cual se concede un auxilio
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Concédese, Por Una Sola Vez Un Auxilio De $ 202El Auxilio Ordenado Por El Artículo Anterior Se Pagará Con Arreglo A Las Respectivas Normas Administrativas Y Fiscales Vigentes Para Esta Clase De Erogaciones, Y De Acuerdo Con Las Que Para El Efecto Determine La Contraloría General De La República En Desarrollo De Este Decreto3Por Conducto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Se Harán Los Traslados Correspondientes Del Capítulo 040 Artículo 402 Del Presupuesto Vigente Del Ministerio De Gobierno, Para El Cumplimiento De Este Decreto, El Cual Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mayor General Gabriel Paris CPresidente de la República · encargado
- José María VillarrealEl Ministro de Gobierno
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Mayor General Alfredo Duarte BlumEl Ministro de Justicia
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Alfonso Sáiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro del Trabajo
- Juan Pablo LlinásEl Ministro de Salud Pública
- Joaquín VallejoEl Ministro de Fomento
- Julio César Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Próspero CarbonellEl Ministro de Educación Nacional
- Mayor General Pedro A. MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Tulio Ospina PérezEl Ministro de Obras Públicas