DecretoVigente
Decreto 2290 de 1991
por el cual se excluye de retención en la fuente por ingresos obtenidos en el exterior el servicios de transporte marítimo.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1No Están Sometidos A La Retención En La Fuente De Que Trata El Artículo 1º Del Decreto 1402 De 1991, Los Pagos O Abonos En Cuenta Obtenidos En El Exterior En Moneda Extranjera, Por Concepto De Fletes De Transporte Marítimo2El Presente Decreto Rige A Partir Del Día Siguiente A La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 365 y 366 del Estatuto Tributario
- Rudolf HommesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público