DecretoVigente
Decreto 1077 de 1967
Por el cual se hace un contracrédito y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Relaciones Exteriores), por $ 2.728.500.00
3artículos
0arts. con control
0sentencias
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Hácese El Siguiente Contrácrédito En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Inversión Ministerio De Relaciones Exteriores Capitulo 1041 Rama Técnica Programas De Inversión Directa Programa 1041 Compra De Inmuebles En El Exterior Inversión Directa2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Abrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Inversión Ministerio De Relaciones Exteriores Capitulo 1041 Rama Técnica Programas De Inversión Directa Programa 1042 Reparación Y Arreglo De Inmuebles Inversión Directa3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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