en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966, y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, mediante decreto, los créditos presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto ley número 1675 de 1964
Considerando · 4 motivos
Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966, y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, mediante decreto, los créditos presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto ley número 1675 de 1964;
Que por medio de la Resolución, ejecutiva número 149 da 1967 se declaró sobrante y por lo tanto libre para ser contracreditada parte de una apropiación del Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Relaciones Exteriores, por la cantidad de $2.728.500.00, y en la misma providencia, se propuso abrir, por igual valor, unos créditos adicionales en el mismo presupuesto, para financiar los gastos de la reparación y arreglo de los edificios de la Cancillería, de la Embajada en Washington y del Consulado en Nueva York;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República, expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 12 de 1967, por un valor de $2.728.500.00, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Hácese El Siguiente Contrácrédito En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Inversión Ministerio De Relaciones Exteriores Capitulo 1041 Rama Técnica Programas De Inversión Directa Programa 1041 Compra De Inmuebles En El Exterior Inversión Directa
° Hácese el siguiente contrácrédito en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: Presupuesto de Inversión Ministerio de Relaciones Exteriores CAPITULO 1041 Rama Técnica Programas de Inversión Directa Programa 1041 Compra de inmuebles en el Exterior Inversión directa. Recursos ordinarios. 63.435. Artículo 10401. Para la adquisición de inmuebles en el Exterior con destino a la residencia de los Jefes de Misión Diplomática y a las oficinas de los Consulados de Colombia, según distribución que hará el Gobierno, mediante decreto, previo estudio, del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Dirección Nacional del Presupuesto $ 2.728.500 Suma el contracrédito $ 2.728:500
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Abrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Inversión Ministerio De Relaciones Exteriores Capitulo 1041 Rama Técnica Programas De Inversión Directa Programa 1042 Reparación Y Arreglo De Inmuebles Inversión Directa
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: Presupuesto de Inversión Ministerio de Relaciones Exteriores CAPITULO 1041 Rama Técnica Programas de Inversión Directa Programa 1042 Reparación y arreglo de inmuebles Inversión directa. Recursos ordinarios, 563 435. Artículo 10402. Reparación y arreglo del inmueble ocupado por la Cancillería $ 2,445.000 563 435. Artículo 10403. Reparación y arreglo del inmueble ocupado, por la Embajada de Colombia, en Washington 81.000 563 435. Artículo 10404. Reparación y arreglo del inmueble ocupado por el Consulado de Colombia, en Nueva York 202.508 Suman los créditos $ 2.728.500
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.