DecretoVigente
Decreto 322 de 1947
Por el cual se disponen algunos cambios en el personal del ramo de Catastro
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Con Esta Fecha, Suprimense Los Siguientes Cargos Previstos Por El Decreto Número 1428 De 1940 En Las Seccionales De Catastro Del Magdalena, Norte De Santander V Tolima2A Partir De La Fecha Créanse En Las Seccionales De Catastro Del Atlántico, Magdalena, Norte De Santander Y Tolima Los Cargos Que Se Detallan A Continuación, Con Categorías, Según El Artículo 1º Del Decreto 1428 De 1946: Oficina Seccional De Catastro Del Atlántico3A Partir Del 1º De Febrero Del Corriente Año El Cargo De Presidente De Comisión De La Oficina Seccional De Catastro Del Cauca, Creado Por El Mismo Decreto 1428 Tendrá La Categoría De