Micelio

decreto 322 de 1947

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Artículo 1Con Esta Fecha, Suprimense Los Siguientes Cargos Previstos Por El Decreto Número 1428 De 1940 En Las Seccionales De Catastro Del Magdalena, Norte De Santander V Tolima

º Con esta fecha, suprimense los siguientes cargos previstos por el Decreto número 1428 de 1940 en las Seccionales de Catastro del Magdalena, Norte de Santander v Tolima. así: Oficina Seccional de Catastro del Magdalena. 1 Secretario-Abogado (Oficial 9º) 1 Jefe de Avalúos (Ayudante 1º) Oficina Seccional de Catastro del Norte de Santander. 1 Jefe de Avalúos (Ayudante 1º). Oficina Seccional de Catastro del Tolima. 1 Oficial 2º de Conservación (Ayudante 7º)

Artículo 2A Partir De La Fecha Créanse En Las Seccionales De Catastro Del Atlántico, Magdalena, Norte De Santander Y Tolima Los Cargos Que Se Detallan A Continuación, Con Categorías, Según El Artículo 1º Del Decreto 1428 De 1946: Oficina Seccional De Catastro Del Atlántico

º A partir de la fecha créanse en las Seccionales de Catastro del Atlántico, Magdalena, Norte de Santander y Tolima los cargos que se detallan a continuación, con categorías, según el artículo 1º del Decreto 1428 de 1946: Oficina Seccional de Catastro del Atlántico. 1 Revisor de Catastros Fiscales (Ayudante 5º). Oficina Seccional de Catastro del Magdalena. 1 Director (Oficial 9º). Oficina Seccional de Catastro del Norte de Santander. 1 Subjefe de Conservación (Ayudante 4º). Oficina Seccional de Catastro del Tolima. 1 Oficial 2º de Conservación (Ayudante 7º)

Artículo 3A Partir Del 1º De Febrero Del Corriente Año El Cargo De Presidente De Comisión De La Oficina Seccional De Catastro Del Cauca, Creado Por El Mismo Decreto 1428 Tendrá La Categoría De

º A partir del 1º de febrero del corriente año el cargo de Presidente de Comisión de la Oficina Seccional de Catastro del Cauca, creado por el mismo Decreto 1428 tendrá la categoría de. Ayudante 4º Comuníquese y publíquese